martes, 16 de octubre de 2012

¿Porque no se puede pagar salud y pensiones de forma simultanea?

El Decreto 4465 de 2011 ha sido prorrogado mediante el Decreto 1396 de 2012, por medio del cual se garantiza que aquellos independientes que cotizaban en salud y no en pensiones, puedan continuar haciendolo bajo la figura del cotizante 42 de la planilla integrada de liquidacion de aportes - pila. en este caso, si usted ya venia aportando en salud bajo la figura de cotizante 42 a la entrada en vigencia del decreto 4465 de 2011 y por ende estaba escrito en el registro de independientes, la EPS no tiene facultades para impedirle el seguir cotizando de la forma en que lo venia haciendo y si ello ocurre de esta manera, dicha situacion debe ser puesta en conocimiento de la Supersalud, entidad que a la luz de lo previsto en el Decreto 1018 realizara las investigaciones pertinentes y aplicara las sanciones a que hubiere lugar, toda vez que de acreditarse el requerimiento previsto en el Decreto 4465 de 2011 prorrogado por el Decreto 1396 de 2012, hasta el 31 de diciembre de presente año tendria el derecho de seguir aportando como cotizante 42.

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